La forma depredadora en que la humanidad tiene en la forma de relacionarse con la naturaleza, lo sabemos, es preocupante. Ante esta situación es apremiante lograr algún cambio, buscar otro modo de convivencia con el resto de las especies y el medio ambiente.
Una opción para generar un cambio permanente debería ser cultural, y una primera instancia seria, tener conciencia cierta de que nuestra existencia como humanidad está íntimamente relacionada con el contexto y el devenir del planeta . Parece una obviedad pero no lo es tanto; en el discurso de amplias mayorías de la sociedad está explicitado el cuidado y concientización del medio ambiente, pero en su proceder las palabras se disipan, permanecen ausentes.
Una primera aproximación podría darse a través de la educación. La participación del estado a través de políticas educativas es esencial. Fomentar y crear consciencia sobre la problemática desde edad temprana posibilita en un futuro, no muy lejano, poder abarcarlos de una manera participativa y más sensible. Este tipo de cultura de fomento y sensibilidad sobre el medio ambiente genera cambios, no solo en el individuo que recibe la información de forma directa, sino que se irradia sobre el entorno próximo de forma indirecta, nutriéndolo.
Todo lo aprendido en la primera infancia posibilita que, en un futuro se puedan proyectar y gestionar de mejor manera las actividades humanas, y así buscar, que sean lo menos perjudiciales para el medio ambiente . Esta tarea de “formación” se viene practicando en muchos países con excelentes resultados y se puede dar desde los ciclos iniciales, primarios, y extenderse hacia instancias superiores, con la aquiescencia y participación de toda la comunidad.
Concientizar y valorar el medio ambiente, sustento de la vida en el planeta y de nuestras posibilidades para nuestro desarrollo, debe ser una prioridad. Nuestra principal herramienta para lograrlo es la educación ambiental, y una de las formas de concretarlo podría darse a través de la la enseñanza de un nuevo paradigma cultural. Así, se podría dar sustento y se gestar las bases para promover un cambio en la forma de estar siendo con el medio ambiente.
Cabe resaltar que los actuales planes de educación han avanzado integrando contenidos al respecto a las currículas oficiales, pero aún están en una etapa inicial. Si bien, desde los documentos estos conocimientos son una realidad, aún hay desafíos pendientes en su implementación; la calidad y vigencia de los materiales con los que las escuelas trabajan, la formación docente en su nuevo rol de educadores ambientales y la posibilidad de que cada escuela, desde el rol que ocupa en la sociedad, pueda vincularse mejor con el territorio en el cual habita.
Cabe destacar que todas estas problemáticas bajo el contexto actual de recortes presupuestarios, tienden a postergarse, ya que la apatía y degradación sobre temáticas que hacen al devenir cultural de la población es evidente. Quizás sea el momento en que las organizaciones del tercer sector, desde el club de barrio hasta la ONG de una ciudad capital, incluyan en sus agendas grillas de actividades y asambleas para difundir la problemática del maltrato animal y del medio ambiente.
Otra posible aproximación es el conocimiento de la normativa existente. Saber que el maltrato animal es un delito tipificado y condenado en una ley (Ley 14.346) es un factor ineluctable a tener en cuenta.
Los pasos para hacer efectivo el maltrato es la denuncia y la misma se puede efectivizar del siguiente modo, a saber:
En capital federal, en la provincia de Buenos Aires y en el interior del país son personales, debe efectuarla la persona que presenció el acto o que tiene información sobre el hecho ilícito. El/la denunciante debe ser mayor de edad (18 años) y acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.
La denuncia puede realizarse por escrito o en forma oral, en este caso el Oficial o Funcionario Público que la reciba, deberá entregarle al denunciante una copia de la denuncia formulada.
¿En qué lugar puedo efectuar la denuncia?Si el hecho ocurrió en Capital Federal:
En las Unidades de Orientación y Denuncia. Desde diciembre de 2007, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran habilitadas las Unidades de Orientación y Denuncia. En las mismas se pueden efectuar denuncias sobre maltrato y/o abandono animal. No trabajan zonalmente, motivo por el cual la denuncia puede realizarse en cualquiera de las unidades. Ellos elevan el caso a la fiscalía correspondiente en el plazo de 24 hs. Para mayor información: www.mpf.jusbaires.gov.ar
Unidades de Orientación y Denuncia, Combate de los Pozos 155 “PB”, de 09.00 hs. a 20.00 hs. Tel/fax: (011) 4011 – 1400
Sí el hecho ocurrió en la provincia de Buenos Aires, la denuncia hacerla en Comisaría ó UFI (Unidad Funcional de Instrucción) correspondiente al lugar en donde ocurrió el hecho.
ES OBLIGACION del Funcionario Público (en caso de la UFI) y del Oficial de Ley (en caso de una Comisaría) tomar la denuncia: LA LEY 14.346 PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES es una Ley Penal así como también es obligación del ciudadano denunciar cualquier hecho que viole una ley. No acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”, la denuncia debe ser PENAL.
Es importante describir los hechos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del responsable de dicho hecho y cualquier otro dato que se considere importante, como así también tomar fotografías o filmar, estos elementos pueden facilitar la investigación.
Tracción a Sangre:
En Capital Federal, La Ordenanza Municipal Nº 12.867 prohíbe la tracción a sangre. Llamar al 0800-333-47225 (las 24hs) Envían un móvil policial, y la denuncia se eleva a la fiscalía, pedir copia de la denuncia. En caso de no enviar un móvil llamar al 911 y pedir un móvil.
En el gran buenos aires y el interior del país, Se puede realizar la denuncia por maltrato animal en la Comisaría correspondiente al lugar del hecho y/o en una Unidad Funcional de Instrucción (UFI) de turno, de acuerdo con la Ley de Protección al Animal 14.346.
Tráfico y venta ilegal de animales:
Las especies de fauna silvestre están protegidas por la normativa nacional, por lo tanto no se permite su comercio salvo en casos excepcionales como: Comercios, Veterinarias, Pet Shop’s, Ferias, etc. que realicen venta ilegal de animales (sean aves, mamíferos o reptiles), productos o subproductos derivados de la fauna silvestre.
Personas, organismos, etc. que tengan en su poder animales derivados de la fauna silvestre que se encuentran en peligro de extinción.
Personas que realicen transporte, acopio, caza o recolección de forma ilegal.
Datos necesarios para realizar las denuncias:
- Dirección postal o jurisdicción del lugar donde se está realizando el ilícito (Calle, Número, C.P., Localidad, Provincia.)
- Horario de atención (si es un comercio) o en el que se observa el ilícito (en otros casos)
- Teléfono y/o mail del lugar o persona
- Especies (si es posible, indicar nombre vulgar, nombre científico, cantidad de ejemplares, etc.)
- Observaciones (cualquier dato que pueda aportar a la denuncia: precio, estado sanitario del animal – como por ejemplo falta de plumas en el caso de aves-, tipo y tamaño de las jaulas, etc.)
¿En dónde se puede efectuar la denuncia?
Se debe tener en cuenta la jurisdicción en la cual se realizó o se está realizando el ilícito, ya que de ello va a depender la vía a través de la cual se dará curso a la misma.
En Capital Federal, o cuando implica inter jurisdicción provincial (por ejemplo: se encuentran animales o productos a la venta en la provincia de Buenos Aires, procedente de animales silvestres pertenecientes a otras regiones del país), tránsito interprovincial, puertos, aeropuertos, ferrocarriles o rutas nacionales, es jurisdicción Federal. En estos casos la denuncia debe realizarse en:
- Dirección de Fauna Silvestre – Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación. Correo Electrónico: faunadenuncias@ambiente.gov.ar
- TEL.: (011) 4348-8560 / 8559
- Dirección Postal: San Martín 451, Capital Federal.
En Provincia de Buenos,
- Departamento de Flora y Fauna – Dirección Provincial de Recursos Naturales
- Correo Electrónico: adconrec@maa.gba.gov.ar
- Dirección Postal: Calle 12 y 51, Torre 1, CP: 1900, La Plata.
Interior del país, En este caso la jurisdicción del ilícito depende exclusivamente de la provincia donde el mismo se realice. Por lo tanto la denuncia debe tramitarse en la Dirección de Fauna correspondiente. Para obtener los datos ingresar a: www.ambiente.gov.ar donde encontrara el listado por provincia. También se pueden consultar los datos actualizados a través de los teléfonos de Fauna Nación.
Otras opciones para denunciar venta y tráfico de animales:
- Gendarmería nacional argentina
- Tel. para denuncias: 0800-888-8804
- Tel: 4310-2589/2869/2870
- asuntosambientales@gendarmeria.gov.ar
- proteccionambiental@gendarmeria.gov.ar
En Capital Federal,
- Policía Federal Argentina “Línea Verde” para Capital Federal
- (011) 4384-0480/4383-9586/4381-3110 / 4346-7000 (teléfono y fax)
- Emergencia ambiental: 105
- ecologicopfa@yahoo.com.ar – ecologico@policiafederal.gov.ar
El maltrato al medio ambiente también está sancionado y está comprendido por la Ley. Así podemos señalar los delitos de Daño (art. 183/184), Delitos contra la Seguridad y Salud Pública, (art. 186/189) y el delito de Usurpación de Aguas (art. 182). Además del Código, hay leyes especiales que completan la posibilidad de ilícitos contra el Medio Ambiente y sus componentes. En Argentina están alcanzadas por: la Ley de Fauna 22.412, La Ley 2.786, que prohíbe los malos tratos a los animales denominada “Ley Sarmiento”, la Ley de Parque Nacionales 22.351, la Ley 25.743 sobre Protección del Patrimonio Arqueológico y La Ley de Residuos Peligrosos 24.051.
Las denuncias se las pueden efectivizar también en la UFIMA (Unidad Fiscal para la Investigación de delitos contra el Medio Ambiente, dependiente del Ministerio Público Fiscal), y se puede recibir orientación al respecto en el buzón verde (https://www.argentina.gob.ar/ambiente/buzonverde) dependiente de la secretaria general de desarrollo y medio ambiente. Además, se puede recurrir por mayor información vía internet a través de la página oficial (http://www.jus.gob.ar/atencion-al-ciudadano/guia-de-derivaciones/ambiente-e-higiene-urbana.aspx)
Bajo este estado
actual de acontecimientos y la coyuntura disvaliosa por la que atraviesa el
país, los abandonos, el maltrato y la apatía hacia los otros que no poseen voz
se encrudece. Aquí se ha pretendido dar cierto panorama del estado actual de
maltrato ambiental y animal, de manera muy esquemática por cierto, ya que el
foco no abarco al todo sino que privilegio una parte, por considerarla más
representativa. Creemos prudente que además de visibilizar el estado actual
misérrimo y riesgoso por el que atraviesan los animales y el medio ambiente, es
factible y beneficioso brindar alguna idea para saldar, o al menos intentar
franquear la situación imperante. Por supuesto que entendemos y consideramos
que no son sugerencias o ideas suficientes, pero tal vez puedan funcionar como
un disparador para propuestas realmente superadoras.
Blas Fernandez Larriera, es Técnico en Gestión cultural UNTREF (Buenos Aires, Argentina)
Voluntario en el refugio de caninos El Palomar Refugio (Pdo. De 3 de febrero, Buenos Aires)
Gracias Ali por tu comentario. Y esa es la intención ultima, tratar de generar cierta exposición para enriquecer el debate. Saludos.